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¿Es la propiedad privada un defecto o una bendición?

por Kurt H. Noeding Koltermann
Colegiatura CEL # 06326

Propiedad

Desde el punto de vista de la ética social, la propiedad privada de los medios de producción, es la institución social más solidaria al servicio del pueblo y de las mayorías, siempre y cuando no estén enmarcadas en un capitalismo de amigotes y compinches políticos que destruyen el bienestar social, que destruyen valor económico, hundiéndonos en la trampa social del círculo vicioso del Estado depredador: 

Para decirlo desde un inicio: cuando el mercantilismo, con sus empresaurios, que son aquellos, que sólo saben generar ganancias gracias a la explotación del poder político, y nunca bajo condiciones de competencia sana y productiva, se une a políticas socialistas, quizá de buenas intenciones, pero, al final de cuentas, con pésimos resultados económicos, estamos casi en el peor de los mundos, puesto que este sistema de combinación económica sólo genera concentradas riquezas para aquellos que explotan el poder político (ya sean grupos de izquierda organizada o de derecha organizada), y frustración y pobreza para el ciudadano común a quien el tiempo sólo le alcanza para dedicarse a actividades de sobrevivencia, y no tiene ni el tiempo ni los contactos al poder político para valerse organizadamente del Estado depredador.

La propiedad privada de los medios de producción sólo es solidaria con el bienestar general de los pueblos, bajo ciertas y determinadas condiciones institucionales, muy específicas: debe prevalecer un Estado de Derecho legítimo, que no sea reflejo del poder político, sino que limite al gobierno, de tal manera que no se pueda valer ni de facultades legislativas, ni del control del poder judicial, como tampoco de su mando de las fuerzas policiales y armadas para atropellar el inalienable derecho a la vida, a la propiedad privada y a la libertad de trabajar, de producir y comerciar, que luego origina, al interactuar todos nosotros, mercados libres y competitivos, no interferidos ni limitados por el poder político. Este derecho tampoco es abolible, jurídicamente hablando, por una dictadura de las mayorías, de las encuestas o de los medios de comunicación, aunque el poder de facto de un usurpador puede atropellar estos derechos fundamentales del individuo.

Dentro del marco institucional del derecho legítimo a la propiedad privada y del derecho a la libertad de comerciar, los medios de producción de cualquier persona -no sólo de los ricachones-, protegidos legalmente y asegurados socialmente por las fuerzas del orden para todos los ciudadanos, no sólo los políticamente privilegiados, empezarán a ser acumulados, en forma de capitales, que se canalizarán a inversiones productivas, de manera que esta inversión, nacional y privada, potencialmente realizable, si es legítimamente protegida, creará empleo, cada vez más productivo, para tantas personas actualmente desempleadas, que no tienen qué comer, y que dependen de manera humillante e indigna de la asistencia social estatal, estando a la merced de la arbitrariedad de unos pocos burócratas privilegiados con poder, pero con poca competencia para ejercer sus cargos.

Estos empleos que se crean gracias a la acumulación de inversión en medios de producción privados, serán tanto más productivos -y, por tanto, mejor remunerados- cuanto más competitivos sean los mercados libres, que obligarán a los dueños de los medios de producción a ponerse, de la mejor manera, con la mayor capacidad y calidad y haciendo el mejor uso de nuestros escasos recursos, a ponerse al servicio de los ciudadanos consumidores comunes y corrientes, llegando, sin interferencias del Banco Central, al máximo potencial productivo, de tal manera que la mano de obra se vuelva escasa, y que por lo tanto sea bien remunerada y tratada dignamente.

En el sentido de que la propiedad privada, enmarcada en un Estado de Derecho legítimo y con un marco competitivo, se convierte, de esta manera, en la institución social más solidaria, podemos afirmar que los campesinos de las comunidades indígenas sólo tendrán interés en descubrir y en poner en valor valiosos minerales de sus subsuelos, y a la vez proteger su medio ambiente, si éstos son declarados medios de producción privados de los mismos campesinos, cambiando el art. 66 de la Constitución de 1993. Sólo así, también, aseguraremos el bienestar social mutuo para todos los ciudadanos del Perú, incluyendo a nuestros campesinos milenariamente relegados por el Estado Depredador, que le confisca sus subsuelos por medios coactivos.

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